Así lo asegura en una sentencia reciente una magistrada del Juzgado Social 1 de Mataró que ha declarado nulo el despido de un trabajador de la construcción que perdió su empleo en marzo del 2020 dos días después de presentar baja por haber contraído el virus y sin comunicación previa por parte de la empresa.
En el caso enjuiciado, la sentencia, contra la que cabe recurso ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC), sostiene que la empresa no ha aportado una explicación "objetiva y razonable" de la razón del cese.
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