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Noticias de Actualidad fiscal de la Semana N.º 362

 

 

 

 

 

 

El nuevo marco de ayudas constriñe la cuantía y tipología de reparto de los 11.000 millones del Gobierno

La UE pone topes de 1,8 a 10 millones por empresa según el tipo de asistencia. El Gobierno ultima lanzar en las próximas semanas un plan de refuerzo de la solvencia empresarial dotado de 11.000 millones de euros para asistir a empresas, pymes y trabajadores autónomos, especialmente de los sectores de la hostelería, el turismo, la restauración o el pequeño comercio. El despliegue, en todo caso, se verá constreñido por las líneas rojas que marca el nuevo marco de ayudas públicas recientemente avalado por Bruselas, que limita la cuantía y tipología de asistencia que el Estado podrá prestar a las empresas este año.

 

 

 

 

 

Inspecciones por videoconferencia: Hacienda impulsa las investigaciones telemáticas tras el Covid

La Aeat destaca que la herramienta "acerca" la oficina al contribuyente. La pandemia del coronavirus Covid-19 ha impulsado las inspecciones de la Agencia Tributaria (Aeat) por la vía telemática tras modificar la normativa para permitir comparecencias digitales ante la Inspección de los Tributos. La Agencia Tributaria reconoce que esta nueva gestión ha funcionado muy bien y en su Plan Anual de Control Tributario recoge la posibilidad de seguir usando esta herramienta para "acercar" la oficina tributaria a los contribuyentes.

 

 

 

 

 

La falta de ayudas directas en España es una “excepción llamativa” en comparación con el resto de países

Más de 453.000 empresas españolas van a tener problemas de solvencia a causa de la crisis provocada por la pandemia y 1.360.000 necesitarán llevar a cabo “una reestructuración de los plazos de su deuda”. Así se desprende del análisis de Ángel de la Fuente y Benito Arruñada para un estudio publicado ayer por Fedea que prevé tensiones de liquidez en un 40% de empresas y riesgo de insolvencia en un tercio de esas. Las empresas en riesgo pertenecen en su mayoría a los sectores de turismo y hostelería, ocio y cultura y vehículos de motor.

 

 

 

 

El Supremo permite a las empresas deducirse los intereses de demora

Pone fin a una vieja polémica y establece que no son gastos de actuaciones contrarias al ordenamiento jurídico, sino que están conectados con la actividad empresarial, y serán deducibles. Espaldarazo del Tribunal Supremo (TS) a las empresas. En una reciente sentencia, el Alto Tribunal ha establecido que los intereses de demora son deducibles en el Impuesto sobre Sociedades, con lo que pone fin a una vieja polémica que se ha mantenido a pesar de los cambios legislativos en el impuesto y que había generado fallos contradictorios de distintos Tribunales Superiores de Justicia (TSJ). La sentencia, que anula una del TSJ de Galicia, concluye que los intereses de demora no son gastos de actuaciones contrarias al ordenamiento jurídico, sino que están correlacionados con los ingresos y conectados con el ejercicio de la actividad empresarial y, por tanto, serán deducibles. Las empresas podrán reclamar ahora los de los últimos cuatro años.