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El Pleno del Senado aprobará la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil
La nueva norma
obliga a que las comunicaciones entre profesionales de los órganos judiciales
se realicen de forma exclusiva a través de medios informáticos a partir del
próximo año y en todos los órdenes jurisdiccionales. Así, los jueces podrán
emplear datos de correo electrónico y de número de teléfono para localizar a
los demandados. De esta forma, el Ministerio de Justicia defiende que se hará
habitual en la Administración de Justicia la recepción electrónica de las
notificaciones que hasta ahora se recibían en papel. Además, se podrá informar
mediante aviso por SMS al teléfono móvil de la persona interesada de que se le
ha de practicar una notificación. En relación a los profesionales que
colaboran con la Administración de Justicia, los colegios de procuradores
estarán obligados a habilitar los medios necesarios de forma que pueda
garantizarse el envío y recepción de notificaciones electrónicas en todo el
territorio nacional. En cuanto a la presentación de escritos y documentos,
a partir del 1 de enero de 2016, tanto los profesionales como los órganos
judiciales estarán también obligados a emplear los medios electrónicos
existentes para realizar esta actividad. Para hacerlo efectivo, la
administración competente deberá de habilitar los medios técnicos necesarios
antes de dicha fecha.