«Volver
Emisión de certificados de retenciones
Durante el mes de marzo debemos obtener o en su caso emitir y
enviar los siguientes certificados:
- En
el caso de que exista arrendamiento
de inmuebles urbanos durante el ejercicio, el arrendatario
deberá emitir el certificado de Retenciones e Ingresos a cuenta del IRPF y del
Impuesto sobre Sociedades para que el arrendador lo tenga en cuenta en su
declaración.
- En el caso de que durante el ejercicio
se hayan producido rendimientos
de capital mobiliario se
deberá emitir el Certificado de Retenciones y Rendimientos.
- En el caso de una comunidad de Bienes,
ésta deberá emitir los
certificados de rendimientos a cada uno de los comuneros que forman parte de la Comunidad de Bienes,
para que lo tengan en cuenta en su declaración de IRPF.