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Las empresas están recurriendo con mucha más frecuencia a los “descuelgues del Convenio”.

Las empresas están recurriendo con mucha más frecuencia a los “descuelgues del Convenio”.

Las empresas, cada vez más, están recurriendo a las nuevas facilidades para inaplicar los convenios de referencia (descuelgues) que da la reforma laboral, que a otras posibilidades que también se facilitaban en esta ley, como la creación de un convenio de empresa, a la luz de los datos estadísticos.

“Las compañías prefieren incumplir temporalmente las condiciones de un convenio sectorial que crear una unidad de negociación y plasmar nuevas condiciones en un contrato de empresa”.

Del análisis del resultado de las sentencias judiciales que han salido por los cambios de la reforma en los despidos colectivos, existen unas 45 sentencias de los Tribunales Superiores de Justicia y de la Audiencia Nacional de las cuales 21 fallos judiciales han anulado, por defectos de forma, los despidos recurridos; otros 20 los han encontrado ajustados a derecho, esto es, que concurrían las nuevas causas que recoge la reforma para ajustar plantillas con un menor coste del despido.

Tan solo cuatro sentencias han declarado los despidos improcedentes, porque no concurrían las causas. Las nulidades dejan de ser el fallo mayoritario en favor de aquellos que se ajustan a derecho, por lo que los jueces cada vez más respaldan la reforma.