Vacío legal en el último Real Decreto Ley sobre alquileres que según apunta a Agencia Negociadora del Alquiler posibilita aumentar "sin límite" las garantías en los contratos de más de cinco años si el arrendador es una persona física, o de más de siete años si es una persona jurídica. Ha observado un vacío en la norma que se encuentra en el artículo 36, concretamente en el punto 5. Desde la compañía apunta que al aumentar la duración de los alquileres se producen efectos inmediatos sobre los propietarios e inquilinos. "Al arrendador persona física o jurídica no debería importarle mucho aumentar la duración, dado que al estar obligado a permitir al inquilino prorrogar el contrato hasta cumplir cinco años, siete en personas jurídicas, el cumplimiento de otro año más, le posibilitaría el poder exigir mayores garantías a los inquilinos, y así tener cubierto mucho mejor el riesgo de los alquileres".
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