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Sentencia del tribunal Supremo sobre la existencia de cesión ilegal de trabajadores aunque se haya percibido la prestación por desempleo

En virtud de lo dispuesto en la Sentencia del Tribunal Supremo de fecha 21 de septiembre de 2017, que anula el fallo de la Audiencia Provincial, existe cesión ilegal de trabajadores, aunque haya existido un paréntesis superior a los tres meses seguidos cobrando la prestación de desempleo, con la consideración de trabajadora indefinida no fija y antigüedad desde el inicio de la actividad laboral, si la situación de contratación se ha mantenido durante un elevado número de años, con un elevado volumen de actividad, continuidad de funciones y anomalías contractuales. 

Con esta sentencia se anula el fallo de la Audiencia Provincial, al rechazar que se deba "atender con precisión aritmética a la duración de las interrupciones entre contratos sucesivos".