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El TS perfila el delito de blanqueo
El Tribunal
Supremo perfila el delito de blanqueo y precisa que la mera tenencia o utilización
de fondos ilícitos en gastos ordinarios de consumo, como por ejemplo pagar el
alquiler de una vivienda, no constituye delito de auto blanqueo por sí solo, si
no concurre además una finalidad u objeto de encubrir u ocultar los bienes. La
sentencia repasa toda la doctrina jurisprudencial así como las reformas legales
sobre este delito para concluir con la esencia del mismo. Su
característica principal, señala el Supremo, "no reside en el mero
disfrute o aprovechamiento de las ganancias ilícitas, sino que se sanciona ‘el
retorno’ como procedimiento para que la riqueza de procedencia delictiva sea
introducida en el ciclo económico".