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El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña considera que el despido por absentismo es contrario a derecho

En la sentencia, a 17 de eneor de 2020, el Tribunal Superior de Justicia rechaza que este supuesto sea válido ya que choca con varias de las normas internacionales. Para los convenios, salas y tratados firmados entre los países y ratificados por España "deben de prevalecer sobre el artículo 52.d del Estatuto de los Trabajadores", que recoge el cese por las faltas justificadas. Así los magistrados se adelantan al Ministerio de Trabajo, que hace poco anunció que iba a derogar este precepto el próximo martes. El tribunal atiende el caso de una mujer que, despues de 43 alos trabajando en la misma empresa, fue despedida por ausentarse varios días de su puesto de trabajo. En concreto, de dos meses faltó 13 jornadas completas, es decir, una tasa del 32% de absentismo laboral. La empleada entregó justificantes médico que acreditaban las ausencias por fuertes dolores de espalda y vértigos.