Parlamento Europeo: las multinacionales tendrán que tributar donde obtengan sus beneficios
Las empresas a veces usan vías para eludir impuestos, como declarar sus beneficios en el país de la UE con reglas fiscales más laxas. Estas prácticas tendrán que acabar.
Los eurodiputados se han planteado dos leyes que dificultarán que las empresas trasladen sus ganancias a aquellos Estados miembros donde los impuestos corporativos son más bajos.
¿Qué cambiará el nuevo régimen fiscal?
Cuando se establezca el nuevo régimen tributario, basado en la base común de impuestos corporativos consolidados, las ganancias o pérdidas de la multinacional que tenga filiales en distintos Estados miembros será calculada de acuerdo con el nuevo planteamiento común. Esto supone una diferencia con lo que ocurre en la actualidad cuando se aplican reglas distintas en cada país de la UE.
La multinacional podrá consolidar su resultado sumando todas las ganancias y restando todas las pérdidas de sus filiales en los distintos Estados miembros. La nueva base común hará más difícil el traslado de beneficios.
La multinacional podrá también declarar sus ganancias o pérdidas netas en un Estado miembro (ventanilla única).
Por otro lado, los beneficios se compartirán con los Estados miembros donde la multinacional tenga filiales, de acuerdo con una fórmula que tenga en cuenta edificios, maquinaria, número de empleados y empresa de ventas en los Estados miembros.
Cada Estado miembro declarará su parte de las ganancias según a su tasa impositiva corporativa nacional.
En cuestiones fiscales, el Parlamento tiene un papel consultivo en el proceso legislativo. Las leyes de la UE son adoptadas por unanimidad por los Estados miembros en el Consejo.
Una de las prioridades del Parlamento es la lucha contra la evasión fiscal y el fraude fiscal. El 1 de marzo de 2018, los eurodiputados establecieron una comisión especial para investigar las irregularidades en el ámbito de la fiscalidad.
Fuente: Parlamento Europeo (14/03/2018)
© 2025 Cuatroochenta
Aviso Legal | 2012-2025 | AECEM | Todos los derechos reservados