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Suministro Inmediato de Libros Contables de Impuestos Especiales (SILICIE)

Estimados compañeros:

Con la modificación del artículo 50 del Reglamento de los Impuestos Especiales (vía RD 1512/2018, de 28 de diciembre), la Agencia Tributaria implanta un nuevo sistema de llevanza de la contabilidad de los productos objeto de los Impuestos Especiales.

Vía Orden HAC/998/2019, de 23 de septiembre, se regula el cumplimiento de la obligación de llevanza de contabilidad de los productos objeto de los Impuestos Especiales de Fabricación.

Al objeto de permitir y facilitar el cumplimiento de esta obligación, se procede a desarrollar el sistema contable informático (SILICIE) a través del cual se realice el suministro de los asientos contables a la Agencia Tributaria por los establecimientos afectados por esta normativa. La entrada en vigor del sistema SILICIE (Suministro Inmediato de Libros Contables de Impuestos Especiales) es el 1 de enero de 2020.

Se ha previsto disponer de entornos de prueba durante el año 2019 para que los establecimientos y diferentes proveedores software puedan integrarse en el sistema.

Estarán obligados a la llevanza de la contabilidad de los Impuestos Especiales a través de la Sede electrónica de la AEAT los titulares de los siguientes tipos de establecimientos (CAE) censados:

  • Fábricas
  • Depósitos fiscales 
  • Almacenes fiscales  
  • Depósitos de recepción
  • Fábricas de vinagre.

Objeto de la Contabilidad:

La contabilidad deberá reflejar los procesos, movimientos y existencias de los productos objeto de los Impuestos Especiales y, en su caso, de las materias primas necesarias para obtenerlos, incluidas las diferencias que se pongan de manifiesto con ocasión del almacenamiento, fabricación o circulación.

RECORDAD: Desde el 1 de enero de 2020, el cumplimiento la obligación de llevanza de la contabilidad de los productos objeto de los Impuestos Especiales, y en su caso, las materias primas empleadas en su obtención, se realizará a través de la Sede electrónica de la Agencia Tributaria, mediante el suministro electrónico de los asientos contables.

En la Sede electrónica de la Agencia Tributaria se ha habilitado un acceso específico, para facilitar el cumplimiento de esta obligación.

Un saludo,

Fdo. Mónica Mayor – Asesora Fiscal