La sentencia del TSXG estima que ha quedado acreditada la relación causal entre las condiciones en las que la demandante prestaba su trabajo y el síndrome de sensibilidad química múltiple que sufrió, lo que provocó su baja laboral. Además, el tribunal sostiene que la prueba practicada demuestra que el síndrome se inició en el lugar de trabajo, pues en él existían “sustancias desencadenantes que le generaban una respuesta sintomatológica”. La sentencia destaca que existían “precedentes con otras trabajadoras”, casos, dice, que obligaba a los servicios de prevención de riesgos laborales de la Xunta “a extremar la labor de comprobación y evaluación de riesgos químicos y biológicos”.
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