En el mes de enero de cada año no solo procede realizar las declaraciones informativas anuales de los impuestos con relación al año 2019 (modelos 190, 180, 296, 193, etc.), así como resumen anual de IVA (modelo 390).
Al tiempo de revisar y trabajar las cifras económicas de todo el año de la empresa, procede analizar si es oportuno o no presentar con fecha límite el 31 de enero de 2019, las siguientes declaraciones:
Con la información facilitada en el modelo 840, el Ayuntamiento correspondiente podrá proceder a emitir una nueva liquidación del IAE del ejercicio 2019, con el importe adicional que procede liquidar en base a la variable de metros cuadrados vendidos.
Se recuerda que la parte de la cuota por metro cuadrado se exige al formalizarse las enajenaciones, cualquiera que sea la clase de contrato y forma de pago convenida: por tanto, las enajenaciones se entienden referidas tanto a las formalizadas en documento privado como en escritura pública. Todo ello de acuerdo, a la normativa del IAE: Grupo 833 Sección 1 Tarifas Real Decreto Legislativo 1175 / 1990, de 28 de septiembre de 1990. DGCHT 2254).
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