Antes del próximo 31 de diciembre se debe comunicar a Hacienda mediante modelo 036 /037 las siguientes altas o revocaciones:
· La renuncia o revocación a Regímenes Simplificado y Agricultura, Ganadería y Pesca para 2015 y sucesivos.
· La renuncia o revocación por la determinación global de la base imponible en el Régimen especial de las Agencias de Viajes para 2015 y sucesivos.
· La renuncia o revocación por la determinación de la base imponible mediante el margen de beneficio global en el Régimen Especial de los bienes usados, objetos de arte, antigüedades y objetos de colección para 2015 y sucesivos.
· Opción o renuncia al régimen especial del criterio de caja del IVA para el ejercicio 2015.
· Opción tributación en destino ventas a distancia a otros países de la Unión Europea para 2015 y 2016.
· Renuncia al Régimen de deducción común para sectores diferenciados para 2015 (sin modelo, se presenta por escrito).
Antes del próximo 31 de diciembre se debe comunicar a Hacienda mediante modelo 039:
· Comunicación de alta en el Régimen especial del grupo de entidades.
· Opción o renuncia por la modalidad avanzada del Régimen especial del grupo de entidades.
· Comunicación anual relativa al Régimen especial del grupo de entidades.
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