La AEAT pone en disposición de los contribuyentes el servicio de cálculo de Retenciones para determinar y en su caso regularizar, el tipo de retención del IRPF aplicable a los rendimientos del trabajo que se satisfagan o abonen a partir del día 12 de julio de 2015. No obstante, el pagador también podrá regularizar el tipo de retención del IRPF en los primeros rendimientos del trabajo que se satisfagan o abonen a partir de 1 de agosto.
Servicio de cálculo de retenciones.
Fuente: AEAT (16-07-2015)
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