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Preparación del resultado para el modelo 202 a presentar en el mes de diciembre

Para el cálculo del pago fraccionado a cuenta del Impuesto sobre Sociedades a presentar en octubre y diciembre de 2016, hay novedades a tener en cuenta para empresas cuya cifra de negocios anual en los 12 meses anteriores al inicio del periodo impositivo, haya sido al menos 10.000.000 euros.

Recordamos que para estas empresas, las novedades aprobadas básicamente son:

- Se modifica el cálculo del porcentaje a aplicar a la base imponible: porcentaje que resulte de multiplicar por 19/20 el tipo de gravamen al que tributa la entidad, redondeado por exceso.

            Como regla general = 24% (19/20 * 25% redondeado por exceso).

Hasta ahora se aplicaba las 5/7 partes por tipo de gravamen redondeado por defecto, lo que suponía un tipo de tributación del 17% (5/7 * 25% redondeado por defecto).

- Se establece un mínimo del 23% del resultado contable de los 3, 9 u 11 primeros meses.

Con relación a este tema, indicaros que la Agencia Tributaria ha publicado en su página web una noticia, con resumen en PDF de PRINCIPALES NOVEDADES INTRODUCIDAS POR EL REAL DECRETO-LEY 2/2016, del que se recomienda una lectura con detenimiento, antes de preparar el modelo 202 de pago fraccionado de aquellas empresas que tengáis, con cifra de negocios igual o superior a 10.000.000 euros anuales en el último periodo impositivo.