El Pleno del Tribunal Constitucional ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad presentada por la Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso administrativo de la Audiencia Nacional en relación con el artículo único del Real Decreto-ley 2/2016, de 30 de septiembre, por el que se introducen medidas tributarias dirigidas a la reducción del déficit público. Este precepto da nueva redacción a la disposición adicional decimocuarta (Modificaciones en el régimen legal de los pagos fraccionados) de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto de Sociedades. El Tribunal ordena dar traslado de las actuaciones al Congreso de los Diputados, al Senado, al Gobierno y al Fiscal General del Estado para que puedan personarse en el proceso y formular las alegaciones que consideren convenientes. Asimismo se comunica a la Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional que el proceso queda suspendido hasta que el Tribunal Constitucional resuelva definitivamente la cuestión planteada.
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