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Reforma fiscal: 11 claves para entenderla


El Gobierno avanza sus propuestas de la reforma fiscal vía anteproyecto de Ley en Consejo de Ministros del día 20 de junio del presente, y que comenzará a gestarse en el mes de julio de este año con efectos a partir del 01 de enero de 2015. Las principales claves de la reforma las resumimos a continuación:
 
1.Rebaja del tipo de gravamen general en IRPF: El número de tramos se reduce de siete a cinco; los tipos pasan: 

- el tipo mínimo pasa del 24,75% al 20% en el 2015, y al 19% en el 2016;
 
- el tipo máximo pasa del 53% al 47% en el 2015 y al 45% en el 2016.
 
2.Contribuyentes con ingresos hasta 12.000 euros anuales verán reducido su tipo medio de gravamen hasta el 100% entre el año 2015 y 2016. Se incrementa la reducción por rendimientos del trabajo para las rentas inferiores a los 14.400 euros.
 
3.Beneficios fiscales para las familias: El mínimo personal de IRPF se eleva a 5.550 euros a partir del 2015 (actualmente está en 5.151 euros por contribuyente). Se incrementan los mínimos familiares con beneficios fiscales para familias o personas con discapacidad, y/o con personas dependientes a cargo, que recibirán 1.200 euros anuales (a razón de 100 euros mensuales), acumulables a la deducción actual por cuidado de hijos menores de tres años especial para familias numerosas, con hijos discapacitados. 

4.En materia de Vivienda: Eliminación de la desgravación por alquiler de vivienda habitual para aquellos contratos que se formalicen a partir del 1 de enero de 2015. La reforma incluye rebaja del 60% al 50% de la exención de tributación en las rentas obtenidas por los propietarios del alquiler a partir del 1 de enero de 2015. Se mantendrá la deducción por vivienda habitual para aquellos que compraron antes del 01 de enero de 2013. 

5.En materia de rentas del ahorro en IRPF: se elimina la exención de los 1.500 euros anuales por cobro de dividendos; se reducen los tramos de tributación de rentas del ahorro, que contará con tres tramos: - hasta los 6.000 euros se tributará al 20% en el 2015 y al 19% en el 2016,
 
- desde los 6.000 euros hasta los 50.000 euros se tributará al 22% (2015) y al 21% (2016),
 
- a partir de los 50.000 euros el tipo se fijará en el 24% en el 2015 y en el 23% en el 2016.
 
6.Rebaja para los autónomos: rebaja con carácter inmediato de la retención para profesionales del 21% al 15% (pendiente de aprobación a fecha 24 de junio de 2014). Se mantiene el tipo reducido del 15% hasta los primeros 300.000 euros de beneficio (el 20% para el exceso) para empresas de nueva creación, incluidas en la Ley de emprendedores. 
El sistema de módulos se reduce la limitación  de ingresos de 450.000 euros a 150.000 euros de ingresos y de 300.000 euros a 150.000 euros de gastos para poder tributar en módulos; no se  podrá tributar en módulos en caso de facturar menos de un 50% a personas físicas; si bien se mantienen las actividades sujetas a retención del 1% (transportes, mudanzas, actividades de fabricación y construcción (albañilería, fontanería, etc.). 

7.En materia de planes de pensiones: se limita a 8.000 euros anuales las aportaciones máximas a planes de pensiones con derecho a deducción en el IRPF. 

8.En materia de IVA: Incremento del IVA de los productos sanitarios al 21% por imposición europea. Se exceptúan, manteniendo el 10% de IVA, las gafas graduadas, las lentillas, las prótesis, las sillas de ruedas. 

9.En materia de Impuesto sobre Sociedades: Reducción progresiva del tipo nominal del 30% actual hasta el 28% en el 2015 y el 25% en el 2016; Las pymes podrán ver reducido su tipo al 20%. Se crea una nueva reserva de capitalización del 10% de los beneficios del ejercicio, que quedarán exentos, aunque no se invierta en activos empresariales; Se elimina la deducción por reinversión de beneficios, y se mantiene las deducciones de I+D+i y por creación de empleo; Se prorrogan para el año 2015 las medidas temporales de pagos fraccionados incrementados, limitación de compensación de bases imponibles negativas (entre otros), que afectan a las grandes empresas; Se fija un límite general del 60% a la compensación de las bases imponibles negativas a partir del año 2016, no afectando a las pymes. 

10.En materia de Impuesto sobre No Residentes: se adecúa a la tributación en IRPF, tal que el tipo general baja del 24.75% al 24%. En el caso de residentes en la Unión Europea el tipo de gravamen se reduce del 24,75% al 20% en el 2015 y al 19% en el 2016. 

11.Tributación de la indemnización por despido: Las indemnizaciones por despido empezarán a tributar a partir de los 2.000 euros recibidos por año trabajado. Si bien, está pendiente de su aprobación en el BOE, esta medida se prevé entre en vigor para despidos a partir del 20 de junio de 2014 (fecha del Consejo de Ministros de aprobación del Anteproyecto de Ley de la Reforma Fiscal), excepto que deriven de un ERE ya aprobado o un despido colectivo comunicado con anterioridad.