Hacienda ha incluido importantes medidas de reforma de los TEA en el texto del proyecto de la reforma del Reglamento de Revisión en Vía Administrativa -RD 520/2005-, que se encuentra actualmente en trámite de información pública y que se prevé que entre en vigor el próximo 1 de enero de 2018. El presidente del TEAC podrá atribuir a los miembros de cualquier órgano económico administrativo la función de resolver reclamaciones propias de la competencia de otro, pudiendo desde ese momento constituirse como órgano unipersonal o como Sala de éste. Las resoluciones que dicten se entenderán adoptadas a los efectos de recursos en la sede que tenga atribuida cada tribunal o sala desconcentrada.
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