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La Justicia ha declarado procedente el despido de un empleado por haberse reenviado correos electrónicos desde la cuenta de la empresa a su email particular, así como haber imprimido determinada infor

Un caso en el que resulta determinante, según la sentencia de 29 de marzo del TSJ de Murcia, la claridad en la redacción de la normativa interna de uso de medios electrónicos que había redactado y difundido la empresa entre sus propios empleados.

El texto también enfatiza que la actuación del trabajador supone "un acto de indisciplina frente a las órdenes dadas por la empresa", al haberse transferido a su cuenta personal documentos cuya custodia le compete a la compañía y sobre los que debe dar las correspondientes instrucciones. Y ello "teniendo en cuenta que se dan con una finalidad, que es ajena a la tenencia de tal información fuera del ámbito propio de la custodia".