Y si lo hace, se puede enfrentar a una sanción de entre tres mil y seis mil euros por daños morales. La angustia por la incertidumbre y el desasosiego sufrido es un daño real del que debe responsabilizarse la empresa. Así lo establece una reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias que condena a una cadena comercial a indemnizar con 3.125 euros a una de sus empleadas, a la que concedió la reducción de jornada solicitada, pero con la condición de que trabajara, al menos, seis tardes al mes.
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