El
cierre del ejercicio social de una entidad marca los plazos para el
cumplimiento de las obligaciones mercantiles y fiscales que a continuación se
detallan. Se indica como ejemplo la fecha límite de obligaciones del 2013 en el
caso de entidad con ejercicio social igual al año natural (es decir, cierra a
fecha 31 de diciembre).
·
Se tiene un plazo de tres meses para la formulación
de las Cuentas Anuales: en este caso hasta 31 de marzo de 2014.
·
Siendo el plazo para la legalización de los Libros
Oficiales de cuatro meses desde el cierre del ejercicio: hasta el 30 de abril
de 2014.
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El plazo para la aprobación de las Cuentas Anuales
en la Junta General
de accionistas, es de seis meses a contar desde el cierre, teniendo desde su
aprobación, treinta días naturales para depositarlas en el Registro Mercantil:
fecha límite para dicho depósito es el 30 de julio si la Junta de aprobación de
cuentas se celebra el 30 de junio de 2014 (fecha límite).
·
Plazo para la presentación del Impuesto de
Sociedades. Este impuesto se presentará dentro de los veinticinco primeros días
naturales siguientes a los seis meses posteriores a fecha de cierre. En el
ejemplo planteado se tendría desde el 1 de julio hasta el 25 de julio de 2014.
Los plazos expuestos son de fecha a fecha, y los días siempre naturales. Así,
si una empresa inicia su ejercicio con fecha 1 de marzo, y cierra con fecha 28
de febrero, los plazos serán:
–
Formulación de cuentas Anuales, 28 de mayo. –
Legalización de Libros Oficiales, 28 de junio. –
Aprobación de Cuentas Anuales, 28 de agosto,
depositando las mismas el 27 de septiembre. Durante los 25 primeros días
naturales: I.S. –
El impuesto de
sociedades se podrá presentar hasta el 22 de septiembre (en los 25 días
naturales siguientes desde 28 de agosto).