Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña respalda el despido disciplinario de una profesora que se conectaba a Internet desde el ordenador del colegio para revisar el correo electrónico, consultar su perfil en redes sociales, jugar al parchís o hacer consultas sobre viajes y telefonía.
Se daba la circunstancia de que en el centro existía una prohibición expresa de utilizar los equipos para fines particulares y se advertía de que los ordenadores podían ser auditados.
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