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Una nota de la Agencia Tributaria aclara el tratamiento de las prestaciones públicas de maternidad satisfechas por la Seguridad Social

Een respuesta a diversos escritos recibidos en las oficinas de la AEAT solicitando la rectificación de las declaraciones de IRPF con solicitud de devolución para los ejercicios 2009 a 2012 en base a la posible exención de las cantidades satisfechas por la Seguridad Social, en concepto de prestación por maternidad, y que ha tenido su origen en la difusión masiva de mensajes telefónicos en los que se insta a la presentación de escritos ante la AEAT para todas aquellas personas que hubiesen percibido este tipo de prestación. Las prestaciones por maternidad percibidas de la Seguridad Social no están exentas del pago del IRPF.