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¿Qué es la prestación por desempleo y como se calcula?

Se conoce como prestación por desempleo a una prestación que protege a las personas que pudiendo y queriendo trabajar, pierden su empleo o ven suspendido su contrato de trabajo o reducida su jornada ordinaria de trabajo.

El desempleo será de caracter total cuando el trabajador cese, con carácter temporal o definitivo, en la actividad que venía desarrollando y sea privado de su salario.

Se considera desempleo total el cese total del trabajador en la actividad por días completos, continuados o alternos, durante, como mínimo, una jornada ordinaria de trabajo, en virtud de suspensión temporal de contrato o reducción temporal de jornada, decidida por el empresario o de resolución judicial adoptada en el seno de un procedimiento concursal.

El desempleo será de caracter parcial cuando el trabajador vea reducida su jornada diaria ordinaria de trabajo temporalmente , entre un 10% y un 70%, siempre que el salario sea reducido en proporción.

Entendiendose por reducción temporal de la jornada diaria ordinaria de trabajo, aquella que se decida por el empresario o por resolución judicial adoptada en el seno de un procedimiento concursal, sin estar comprendidas las reducciones de jornadas definitivas o que se extiendan a todo el período que resta de la vigencia del contrato de trabajo.

Los niveles de protección por desempleo

La protección por desempleo se estructurará a dos niveles, siendo estos en un nivel contributivo y en un nivel asistencial,con carácter público y obligatorio.

El nivel contributivo de la protección por desempleo tiene como objeto proporcionar prestaciones sustitutivas de las rentas salariales dejadas de percibir como consecuencia de la pérdida de un empleo anterior o de la suspensión del contrato o reducción de la jornad

¿Qué requesitos son necesarios para tener acceso a la prestación por desempleo a nivel contributivo?

Para tener derecho a las prestaciones por desempleo se deben reunir los siguientes requisitos:

  1. Estar afiliados a la Seguridad Social y en situación de alta o asimilada al alta en los casos que legal o reglamentariamente se determinen.
  2. Tener cubierto un período mínimo de cotización de 360 días dentro de los 6 años anteriores a la situación legal de desempleo o al momento en que cesó la obligación de cotizar.
  3. Encontrarse en situación legal de desempleo, acreditar disponibilidad para buscar activamente empleo y para aceptar colocación adecuada a través de la suscripción del compromiso de actividad.
  4. No haber cumplido la edad ordinaria de jubilación.
  5. Estar inscrito como demandante de empleo en el servicio público de empleo competente.

¿Cómo determino la duración de la prestación?

La duración de la prestación por desempleo estará en función de los períodos de ocupación cotizada en los 6 años anteriores a la situación legal de desempleo o al momento en que cesó la obligación de cotizar, atendiendo a la siguiente escala:

Periodo de cotización

Periodo de prestación

Desde 360 hasta 539 días

120 días

Desde 540 hasta 719 días

180 días

Desde 720 hasta 899 días

240 días

Desde 900 hasta 1.079 días

300 días

Desde 1.080 hasta 1.259 días

360 días

Desde 1.260 hasta 1.439 días

420 días

Desde 1.440 hasta 1.619 días

480 días

Desde 1.620 hasta 1.799 días

540 días

Desde 1.800 hasta 1.979 días

600 días

Desde 1.980 hasta 2.159

660 días

Desde 2.160

720 días

La duración de la prestación, que varía entre 120 y 720 días, en función del periodo de tiempo en que la persona haya cotizado a la Seguridad Social por esta contingencia durante los 6 años precedentes.

Cuantía de la prestación por desempleo.

La base reguladora de la prestación por desempleo será la media de las bases por las que se haya cotizado por esta contingencia durante los últimos 180 días.

En el cálculo de la base de la prestación se debe excluir la retribución por horas extraordinarias.

La cuantía de la prestación se determinará aplicando a la base reguladora los siguientes porcentajes:

  • El 70% durante los 180 primeros días
  • El 50% a partir del día 181.

Como cuantía máxima de la prestación por desempleo será:

Nº de hijos a cargo

Cuantía máxima de la prestación

0

175% del IPREM

1

200% del IPREM

+ 1

225% del IPREM

Mientras que la cuantía mínima de la prestación por desempleo será:

Nº de hijos a cargo

Cuantía máxima de la prestación

0

80% del IPREM

1 o más

107% del IPREM

El IPREM (El Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) es publicado anualmente a través de la Ley de Presupuestos Generales del Estado, para 2019:

IPREM Mensual

IPREM Anual (12 pagas)

IPREM Anual (14 pagas)

537,84€

6.454,03€

7.519,59€

En caso de desempleo por pérdida de un trabajo a tiempo parcial, la prestación se calculará en proporción a la reducción de la jornada de trabajo. Los máximos y mínimos se reducirán proporcionalmente, tras aplicar el mismo porcentaje que suponga la jornada realizada sobre la jornada habitual de la empresa.

Ejemplo práctico

Irene tiene cotizados 730 días,pasando de un trabajo a otro en los últimos meses, a jornada completa, resultando despedida el 1 de agosto.Presnetando las siguientes bases de cotización de los últimos 6 meses:

  • Mayo, Junio, Julio y Agosto: 1.200€
  • Septiembre y Octubre: 1.400€

Ana no tiene hijos.

¿Cuál será el importe que le corresponde?

  1. Cálculo de la base reguladora.

BR = [(1.200 x 4) + (1.400 x 2)]/6 = 1.266,66€/mes

  1. En total Ana tendrá derecho a 240 días de prestación, es decir, 8 meses.
  2. Cálculo del importe bruto de la prestación:
  • Durante los 6 primeros meses el 70% de la BR = 886,6€/mes
  • Durante los siguientes 2 meses el 50% de la BR= 633,33€/mes

Deducciones aplicables a la prestación por desempleo

Al importe bruto de la prestación se le aplicarán dos tipos de deducciones:

  • La retención a cuenta del IRPF, cuando proceda.
  • La cotización a la Seguridad Social.

Estas prestaciones las gestiona el Servicio Público de Empleo Estatal. El primer paso para recibir la ayuda es inscribirse como demandante de empleo en una de sus oficinas y, una vez allí, solicitarla durante los 15 días siguientes a la situación legal de desempleo. También puede pedirla por Internet, a través de la sede electrónica del SEPE.

El SEPE tiene disponible un programa de cálculo de la prestación que facilita información no vinculante sobre la duración y cuantía de la prestación o subsidio que le podría corresponder.

Cómo y cuándo se cobra la prestación por desempleo

El pago de la prestación se realizará por mensualidades de 30 días, entre los días 10 y 15 del mes inmediato siguiente al que corresponda el devengo.