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Primer paso para la aprobación de la Reforma Fiscal.

El Pleno del TC ha desestimado la cuestión de inconstitucionalidad respecto a la regla prevista en la Ley General de la Seguridad Social para cubrir las "lagunas" de cotización. El criterio del Tribunal Supremo entiende que esta regla de cotización es "arbitraria" y vulnera el derecho a la igualdad, el Constitucional considera que no existen diferencias de trato entre trabajadores a tiempo completo y los de tiempo parcial y tampoco juzga que este sistema sea "arbitrario".

Hacienda prevé la aplicación de coeficientes de actualización para aumentar el valor catastral en 1.668 municipios y reducirlo en otros 208 municipios; lo que afectará a 9,3 millones de inmuebles, Según figura en el proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el próximo año, esto representará "una mejora en la aproximación de los valores catastrales a los valores de mercado”.

Primer paso para la aprobación de la Reforma Fiscal. La reforma fiscal ha superado su tramitación en el Congreso con la aprobación por parte de la Comisión de Hacienda que, al contar con competencia legislativa plena, enviará los tres textos al Senado para que continúe su tramitación. Se han incorporado a los textos originales la treintena de propuestas 'populares', una enmienda del PNV y once transaccionales. De ellas, tres afectan al proyecto de IRPF, cuatro al de Sociedades y otras cuatro al de IVA. Destaca la decisión de que las becas concedidas por entidades sin fines lucrativos y fundaciones bancarias estén exentas del IRPF. En relación con el IVA, se ha aceptado eximir de su pago a los servicios de atención a los niños en los centros docentes durante el tiempo interlectivo de comedor escolar o en aulas en servicio de guardería fuera del horario escolar.

Primera sentencia en contra de la “Tasa Gallardón”. La AP de Pontevedra ha dictado dos resoluciones en las que estima la queja interpuesta por el administrador de una sociedad limitada en concurso al que se le exigía una tasa de 2.800 euros. Las resoluciones señalan que, de acuerdo con la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y del Tribunal Constitucional español, la introducción de un régimen de tasas no es contraria, por sí sola, al derecho fundamental a la tutela judicial efectiva, salvo que se demuestre que la cuantía de la tasa resulta tan elevada que impide en la práctica el ejercicio del derecho fundamental o lo obstaculiza. En todo caso, la Sala aclara que esta interpretación responde a las concretas circunstancias de este caso y se justifica precisamente por las mismas, sin vocación generalizadora, al menos en tanto no se pronuncie el TC en los diversos recursos y cuestiones de inconstitucionalidad que tiene pendientes