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Noticias del Dossier de Prensa Semana N.º 364

 

 

 

 

 

 

El Gobierno se propone dejar en el limbo los procedimientos concursales de las compañías españolas alargando la moratoria, vigente desde el pasado abril, hasta finales de este año, lo que arrojaría 21 meses de suspensión, a fin de retrasar todo lo posible la consumación de las insolvencias que deje la pandemia. Así, según confirman fuentes oficiales, la moratoria será extendida hasta el 31 de diciembre dentro del plan de apoyo a la solvencia empresarial que se aprobará finalmente en un Consejo de Ministros extraordinarios el viernes.

 

 

 

 

 

 

La demanda de crédito cae pese a que los bancos ofrecen tipos en mínimos

El pasado mes de enero los préstamos concedidos a las empresas cayeron hasta los 18.433 millones de euros, según los últimos datos del Banco de España (BdE). La cifra supone una caída interanual del 26,5%. Las entidades bancarias explican este descenso por la escasez de demanda. Para reanimar el mercado financiero, los bancos han tirado los precios de los créditos nuevos concedidos a las grandes empresas. La rapidez en la destrucción de empresas ha provocado un colapso sin precedentes en el tejido productivo español. En comparación con la crisis de 2008, España destruye ahora empresas a un ritmo tres veces superior que entonces.

 

 

 

 

 

 

El TS fija que la reinversión en una vivienda habitual en fase de construcción dentro del plazo de dos años otorga derecho a la exención en el IRPF.

El plazo de que dispone el obligado tributario para reinvertir el importe obtenido con ocasión de la transmisión de su vivienda habitual para tener la exención en el IRPF, cuando la reinversión se materializa en una vivienda que se halla en fase de construcción, es el de dos años contados desde la transmisión de su vivienda, bastando con que en dicho plazo reinvierta el importe correspondiente, sin necesidad de que adquiera el dominio de la nueva vivienda o de que la construcción de ésta haya ya concluido. El Supremo desestima un recurso de casación del abogado del Estado, que consideraba que debía condicionarse el cumplimiento del plazo de dos años a la entrega material de la vivienda construida, “exigencia que ni se encuentra en la ley ni cabe deducirla de su tenor, pues ésta habla de reinversión exclusivamente”, señala la Sala. La sentencia confirma la dictada con fecha 21 de mayo de 2019 por el TSJ de Cataluña.

 

 

 

 

 

 

Un juzgado de Valencia anula una sanción de Hacienda por un pago entre empresas con un cheque al portador al considerarla contraria a la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la UE.

La AEAT multó con 50.000 euros a una mercantil del sector inmobiliario por infracción de la normativa financiera sobre operaciones con efectivo. La sentencia declara que la medida es desproporcionada e innecesaria para combatir el fraude fiscal y el blanqueo de capitales. De este modo, la “prohibición absoluta” del uso de pago de títulos bancarios al portador y su “exclusión definitiva de tráfico económico” constituye “una medida innecesaria y desproporcionada a los fines del control del fraude” y se “opone al principio general de admisión del euro como moneda de curso legal, extintiva de las obligaciones”.

 

 

 

 

 

 

 

La prórroga de los Ertes hasta el mes de mayo y la ampliación de los créditos ICO para empresas y autónomos será insuficiente para evitar la oleada de cierres que se prevé para este año

Así lo alerto el presidente de Cepyme en un encuentro digital. Cabe recordar que, según Coface, en España hay cerca de 220.000 empresas al borde del colapso por la falta de ingresos para poder cubrir los vencimientos de deuda que afrontan y que necesitan liquidez para poder sobrevivir a pesar del progresivo levantamiento de las restricciones, que no impedirá que la demanda se quede lejos aún de los niveles previos a la crisis.