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Noticias de Actualidad Fiscal de la Semana Nº 323

 

 

 

Hacienda mantiene el calendario de la Renta pese al coronavirus: empieza el 1 de abril

 

El fisco simplifica este año la declaración de los bienes inmuebles

El Ministerio de Hacienda mantiene el 1 de abril el inicio de la campaña de la renta de 2019, que cuenta entre sus novedades con una simplificación en la consignación de los inmuebles, según publica este jueves el BOE. Hacienda ha publicado los modelos de declaración del IRPF y el impuesto de patrimonio de 2019, cuyo plazo de presentación se mantiene entre el 1 de abril y el 30 de junio, a pesar de que buena parte de los trámites administrativos y tributarios se han visto afectados por la crisis del coronavirus.

 

 

La moratoria hipotecaria, solo en vivienda habitual y cuando cuota y gastos superen el 35% de los ingresos

 

Los sindicatos de inquilinos piden una medida similar para los alquileres

La moratoria hipotecaria es una de las medidas con más peso en el real decreto ley extraordinario decretado por el Gobierno para hacer frente a la crisis derivada del coronavirus Covid-19. Su objetivo, tal y como recoge el texto, es ayudar "a quienes padecen extraordinarias dificultades para atender su pago como consecuencia" de la pandemia. Sin embargo, hay muchos matices que delimitan quiénes son los que pueden beneficiarse de ella. Por lo pronto, solo tiene efectos en la hipoteca de la vivienda habitual, no de la segunda residencia. Otra condición indispensable para poder solicitarla es, además, que los gastos y suministros básicos derivados del préstamo resulten superiores o iguales al 35% de los ingresos netos que perciba el conjunto de los miembros de la unidad familiar, tal y como recoge el decreto.

 

 

El Gobierno moviliza 200.000 millones para paliar el golpe económico del coronavirus

 

Promete 100.000 millones en avales, 17.000 en ayudas a los afectados y espera 83.000 más de la banca

“Son momentos excepcionales que requieren medias excepcionales”, defendió este martes el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, al anunciar “la mayor movilización de recursos económicos de la historia de nuestra democracia” como respuesta al durísimo impacto en la actividad causado por la pandemia del coronavirus Covid-19 y las restrictivas medidas impulsadas bajo el estado de alarma para evitar su propagación.

 

 

El Gobierno asume que no podrá presentar los Presupuestos de 2020

 

Sánchez prepara unas cuentas de reconstrucción para cuando acabe la emergencia sanitaria

El Ejecutivo de Sánchez empieza a asumir que no podrá presentar las cuentas de este año, unos Presupuestos que iban a dejar atrás los de 2018, elaborados por el ministro del PP, Cristóbal Montoro, y que aún están vigentes ya que fueron prorrogados ante la convocatoria electoral. El Ministerio de Hacienda insiste en que mantiene la hoja de ruta y sigue trabajando en el proyecto de ley. Pero la realidad es bien distinta. Con el Gobierno volcado de lleno en salvar la situación de emergencia sanitaria, la economía en parada cardíaca y un horizonte complicado, los ministros empiezan a dar por hecho que las cuentas de 2020 no verán la luz.

 

 

El BOE publica la única ayuda directa a autónomos. ¿Cómo conseguirla?

 

El BOE acaba de publicar el plan de medidas económicas excepcionales del Gobierno, para paliar el impacto negativo del coronavirus. Entre las medidas propuestas, sólo hay una ayuda directa para trabajadores autónomos, que consiste en facilitar el acceso al cese de actividad (irse al paro), en unas determinadas condiciones.

Supuestos para acceder

En primer lugar, aclarar que la ayuda consiste en permitir el acceso al cese de actividad. Es decir, el autónomo que acredite las siguientes circunstancias podrá cobrar el paro, que en el caso de más del 80% de los profesionales por cuenta propia supone una cantidad de unos 661 euros al mes. Hay que tener en cuenta que, hasta la fecha, la mitad de las solicitudes de acceso al desempleo se rechazan en autónomos, al ser necesario cumplir unos estrictos requisitos. Con la medida se pretende facilitar el acceso a dicha prestación. ¿Cómo?

Podrán acceder aquellos autónomos cuyas actividades hayan sido suspendidas por el Real Decreto del 14 de marzo. O bien si durante el mes anterior al que se vaya a solicitar laprestación se acredita haber perdido el 75% de la facturación, con respecto a la media mensual del último semestre.

Además, tendrá que estar dado de alta en la Seguridad Social en el momento en que se declaró la alarma, y encontrarse al corriente de pago. Como medida excepcional, se va a permitir al autónomo ponerse al día en 30 días naturales, antes de denegar la solicitud.

¿Cuánto voy a cobrar?

El 70% de la base mínima reguladora por la que esté cotizando el profesional. Como indicábamos inicialmente, más del 80% de los trabajadores por cuenta propia cotiza por la mínima, lo que significa que estos profesionales cobrarían unos 661 euros al mes. En cuanto a la duración, el decreto establece que será máximo de un mes, salvo que aumente el periodo de estado de alarma. El plazo de este marcaría la limitación temporal de esta medida.

Resto de medidas: financiación y avales

Se aprueba una línea de avales para empresas y autónomos, vía Ministerio de Asuntos Económicos, quien podrá concederlos hasta un importe máximo de 100.000 millones. Respecto a líneas de financiación, será el ICO quien amplíe esta vía. Se suman 10.000 millones de euros al límite de endeudamiento de esta institución.