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Noticias de Actualidad Fiscal de la Semana Nº 342

 

 

 

 

 

 

 

Plazo para solicitar la devolución IVA Soportado en otro Estado miembro

 

Recordad que el próximo día 30 de septiembre finaliza el plazo para solicitar la devolución de las cuotas soportadas de IVA de aquellas empresas y profesionales que establecidos en el territorio de aplicación del Impuesto (Península e Islas Baleares) que hayan soportado durante 2018 en otro Estado Miembro de la Unión Europea.

La solicitud deberá realizarse mediante el modelo 360 y presentarlo por vía telemática antes de que finalice el plazo mencionado para lo cual será necesario disponer de certificado electrónico.

También utilizarán este formulario los empresarios o profesionales establecidos en las Islas Canarias, Ceuta o Melilla, para solicitar la devolución de las cuotas soportadas en el territorio de aplicación del impuesto.

 

 

 

 

 

 

RECORDATORIO: Plazo de ingreso cuotas nacionales y provinciales del IAE ejercicio 2020

 

Con la Resolución de 18 de mayo de 2020, del Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (publicada en BOE de 20-05-2020), se modifica el plazo de ingreso en período voluntario de los recibos del Impuesto sobre Actividades Económicas del ejercicio 2020 relativos a las cuotas nacionales y provinciales, quedando fijado desde el 16 de septiembre hasta el 20 de noviembre de 2020, ambos inclusive.

Además establece que, para estas cuotas nacionales y provinciales, su cobro se realice a través de las Entidades de crédito colaboradoras en la recaudación, con el documento de ingreso que el contribuyente reciba. En defecto de éste o en caso de extravío del mismo, deberá realizarse el ingreso con un duplicado que se recogerá en la Delegación o Administraciones de la Agencia Estatal de Administración tributaria correspondientes a la provincia del domicilio fiscal del contribuyente, en el caso de cuotas de clase nacional, o correspondientes a la provincia del domicilio donde se realice la actividad, en el caso de cuotas de clase provincial.

 

 

 

 

 

El TS avala que Hacienda abra expediente sancionador antes de confirmar la infracción

 

El alto tribunal cierra así la puerta a recurrir miles de multas tributarias. “Sin liquidación no hay infracción, y, consecuentemente, sanción”. Esta máxima, vieja conocida de los fiscalistas, debe completarse a partir de ahora con la coletilla, “pero Hacienda sí que puede iniciar el expediente sancionador por la presunta infracción”. La Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo (TS) acaba de hacer pública una sentencia muy esperada en la que declara que es posible iniciar un expediente sancionador a un contribuyente antes de que se le notifique la liquidación del impuesto tras la inspección tributaria.

 

 

 

 

 

 

Medidas fiscales derogadas con la resolución del congreso de los diputados de 10 de Septiembre de 2020

 

Con fecha 11 de septiembre de 2020 se ha publicado en el BOE la Resolución de 10 de septiembre de 2020, del Congreso de los Diputados por la que se ordena la publicación del Acuerdo de derogación del Real Decreto-ley 27/2020, de 4 de agosto, de medidas financieras, de carácter extraordinario y urgente, aplicables a las entidades locales.

De las medidas fiscales que contenía el Real Decreto 27/2020 de 4 de agosto, ahora derogado, destacar la vigencia hasta el 31 de octubre del tipo 0% de IVA aplicable a las entregas de bienes, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de determinados bienes relacionados con el diagnóstico y la prevención de la COVID-19 cuyos destinatarios sean entidades de Derecho Público, clínicas, centros hospitalarios o entidades privadas de carácter social.

Otra medida que se regulaba era la exención en la modalidad de AJD de las escrituras que formalicen moratorias de préstamos y créditos hipotecarios y de arrendamientos, préstamos, leasing y renting sin garantía hipotecaria en aplicación de la moratoria hipotecaria para el sector turístico y para el sector del transporte público de mercancías y discrecional de viajeros en autobús.

Además, se establecía un régimen fiscal específico aplicable a la final de la «UEFA Women's Champions League 2020.

Como consecuencia de la aprobación del Acuerdo de Derogación referenciado, desde el 11 de septiembre de 2020, son de aplicación las siguientes medidas:

 

  • La compra de mascarillas COVID-19 pasan a tributar al tipo general del 21 por 100,
  • No están exentas de AJD las escrituras de préstamos que formalicen moratorias para los sectores turísticos y del transporte

 

Póngase en contacto con su asesor para cualquier duda o aclaración que necesite con relación a esta novedad

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