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Normas tributarias previstas en el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2015
Si bien
estamos pendientes de la tramitación y aprobación de la reforma fiscal, no por
ello merece prestar menor atención a las medidas
tributarias previstas de aprobación vía Ley de Presupuestos Generales del
Estado para el año 2015.
- En el Proyecto
de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2015 (publicado
el 02 de octubre de 2014 en el Boletín de las Cortes Generales), se recogen
las siguientes medidas a destacar:
- En
materia del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, se regula para
Renta de 2014, la compensación por la pérdida de beneficios fiscales que
afecta a algunos contribuyentes (perceptores
de determinados rendimientos del capital mobiliario con período de generación
superior a dos años en 2014 respecto a los establecidos en la normativa del
IRPF vigente hasta 31 de diciembre de 2006).
- Se
prorroga para el año 2015 el Impuesto sobre el Patrimonio.
- En el Impuesto
sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados se
actualiza la escala que grava la transmisión y rehabilitación de grandezas y
títulos nobiliarios al 1 por ciento. Además, para los fondos de capital riesgo se establece la exención de todas las operaciones
sujetas a gravamen en la modalidad de operaciones
societarias, para equiparar su tratamiento al de los fondos de titulización
hipotecaria y los fondos de titulización de activos financieros.
- Por lo
que se refiere a las tasas, se actualizan, con carácter
general, al 1% los tipos de cuantía
fija de las tasas de la Hacienda estatal, excepto las que se hayan creado o
actualizado específicamente por normas dictadas en el año 2014. Se
mantienen la cuantía de la tasa de regularización catastral y los tipos y
cuantías fijas establecidas para las tasas que gravan los juegos de suerte,
envite o azar, en los importes exigibles durante 2014.
- En
materia catastral, se establecen diferentes coeficientes en
función del año de entrada en vigor de los valores catastrales resultantes de
un procedimiento de valoración colectiva, que serán aplicados a aquellos
municipios que han acreditado el cumplimiento de los requisitos legalmente
establecidos y que están incluidos en la Orden Ministerial HAP/1750/2014, de 29
de septiembre.
- Interés
de demora tributario e interés legal del dinero: Se
fijan hasta el 31 de diciembre de 2015 el interés legal del dinero en el 3,5% y el interés de demora en el 4,375%.
- Indicador
público de renta de efectos múltiples (IPREM): mantiene las mismas
cuantías fijadas para el año 2014 y que son las siguientes: a) diario, 17,75 euros, b) mensual, 532,51 euros, c) anual, 6.390,13
euros, y d) en los supuestos en que la referencia al SMI ha sido sustituida por
la referencia al IPREM será de 7.455,14 euros cuando las normas se refieran
al Salario Mínimo Interprofesional (SMI)
en cómputo anual, salvo que excluyeran expresamente las pagas extraordinarias;
en este caso, la cuantía será de 6.390,13 euros.
Os
informaremos de la aprobación definitiva de éstas y otras medidas vía Ley de
Presupuestos Generales del Estado para el año 2015.