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Se modifican los modelos 122 y 143 relativos a las deducciones por familia numerosa o personas discapacitadas y el modelo 136

Se modifican los modelos 122 y 143 relativos a las deducciones por familia numerosa o personas con discapacidad a cargo y modelo 136 relativo al gravamen especial sobre los premios de loterías y apuestas

Con la Orden HAC/763/2018, de 10 de julio (publicada en BOE de 18 de julio de 2018), se modifican los siguientes modelos:

  • El modelo 143 para la solicitud del abono anticipado de las deducciones por familia numerosa y personas con discapacidad a cargo del IRPF,
  • El modelo 122 «Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Deducciones por familia numerosa, por personas con discapacidad a cargo o por ascendiente con dos hijos separado legalmente o sin vínculo matrimonial, y
  • El modelo 136 «Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas e Impuesto sobre la Renta de no Residentes. Gravamen Especial sobre los Premios de determinadas Loterías y Apuestas. Autoliquidación»

En consonancia con las modificaciones fiscales aprobadas por la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, que con efectos desde el 5 de julio de 2018, afectan a:

  • Las deducciones por familia numerosa o personas con discapacidad a cargo:

ampliación hasta en 600 euros anuales la cuantía de los límites establecidos para las deducciones por familia numerosa, por cada uno de los hijos que formen parte de la familia que exceda de tres (cinco en familia numerosa de categoría especial) , y

creación de la deducción de 1.200 euros anuales por cónyuge no separado legalmente con discapacidad siempre que no tenga rentas anuales –excluidas las exentas– que superen los 8.000 euros anuales y no tengan derecho a las deducciones por descendiente o ascendiente con discapacidad con derecho a la aplicación de mínimo por descendientes o ascendientes, respectivamente.

Estos cambios han hecho necesario modificar los modelos 143 y 122 y serán de aplicación para las solicitudes del abono anticipado de las deducciones por familia numerosa y personas con discapacidad a cargo presentadas a partir del 1 de agosto de 2018.

  • El Gravamen especial sobre los premios de determinadas loterías y apuestas:

Elevación, con efectos desde el 5 de julio de 2018, de 2.500 a 40.000 euros del importe íntegro exento del gravamen especial.

Si bien, se regula un régimen transitorio para los ejercicios 2018 y 2019 de la cuantía exenta, quedando establecida ésta en función de la fecha de celebración de los premios.

Estos cambios han hecho necesario aprobar un nuevo modelo 136 que será de aplicación para las autoliquidaciones correspondientes al tercer trimestre del año 2018 y siguientes.