Es una medida temporal y con período de aplicación desde el 23 de abril y hasta el 31 de julio de 2020, que consiste en la aplicación del 0% de IVA a las entregas de bienes, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de determinados bienes relacionados en el Anexo del RDL 15_2020 (ejemplo: mascarillas, guantes, gafas de protección, etc. ) y siempre que el destinatario de dichas entregas, sean entidades de Derecho Público, clínicas o centros hospitalarios, o entidades privadas de carácter social que tienen exención de IVA en sus prestaciones de servicios y/o entregas de bienes.
Requisito formal: Estas operaciones se documentarán en factura como operaciones exentas por los suministradores de este material sanitario, sin que se vea limitado el derecho a la deducción del IVA por el quien realiza la entrega del material sanitario.
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