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Medidas fiscales derogadas con la resolución del congreso de los diputados de 10 de Septiembre de 2020

 

 

 

Con fecha 11 de septiembre de 2020 se ha publicado en el BOE la Resolución de 10 de septiembre de 2020, del Congreso de los Diputados por la que se ordena la publicación del Acuerdo de derogación del Real Decreto-ley 27/2020, de 4 de agosto, de medidas financieras, de carácter extraordinario y urgente, aplicables a las entidades locales.

De las medidas fiscales que contenía el Real Decreto 27/2020 de 4 de agosto, ahora derogado, destacar la vigencia hasta el 31 de octubre del tipo 0% de IVA aplicable a las entregas de bienes, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de determinados bienes relacionados con el diagnóstico y la prevención de la COVID-19 cuyos destinatarios sean entidades de Derecho Público, clínicas, centros hospitalarios o entidades privadas de carácter social.

Otra medida que se regulaba era la exención en la modalidad de AJD de las escrituras que formalicen moratorias de préstamos y créditos hipotecarios y de arrendamientos, préstamos, leasing y renting sin garantía hipotecaria en aplicación de la moratoria hipotecaria para el sector turístico y para el sector del transporte público de mercancías y discrecional de viajeros en autobús.

Además, se establecía un régimen fiscal específico aplicable a la final de la «UEFA Women's Champions League 2020.

Como consecuencia de la aprobación del Acuerdo de Derogación referenciado, desde el 11 de septiembre de 2020, son de aplicación las siguientes medidas:

 

  • La compra de mascarillas COVID-19 pasan a tributar al tipo general del 21 por 100,
  • No están exentas de AJD las escrituras de préstamos que formalicen moratorias para los sectores turísticos y del transporte

 

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