“Todas las partes interesadas han convenido en la necesidad de reducir el diferencial del precio de los productos del tabaco” entre ambos territorios. El diferencial no podrá superar el 32% del precio medio en junio de 2020, precisa el texto. En la actualidad, la brecha mínima es del 48%, según datos del Ministerio de Exteriores. Ambas partes compartirán información sobre las cantidades que circulen entre ambos territorios. Se especificarán la variedad, el origen, el exportador, el destino, el importador y el peso. De esa forma se podrán rastrear esas partidas y controlar mejor las transferidas de manera ilícita.
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