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Incorporación al sistema de liquidación directa de cuotas de los sujetos responsables del cumplimiento de la obligación de cotizar.

Mediante la Ley 34/2014, de 26 de diciembre, de medidas en materia de liquidación e ingreso de cuotas de la Seguridad Social, se ha establecido un nuevo sistema de liquidación de cuotas de la Seguridad Social y por conceptos de recaudación conjunta en virtud del cual la Tesorería General de la Seguridad Social determinará directamente la cotización correspondiente a cada trabajador, a solicitud del sujeto responsable de su ingreso y cuando los datos que éste deba facilitar permitan realizar el cálculo de la liquidación.

La disposición final segunda de la citada ley determina que la implantación del referido sistema de liquidación directa de cuotas se efectuará de forma progresiva, habilitando para ello a la Tesorería General de la Seguridad Social, que dictará las resoluciones por las que se acuerde la incorporación al nuevo sistema y las pondrá a disposición de los sujetos responsables en la sede electrónica de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social, mediante notificación electrónica, según el procedimiento establecido en la Orden ESS/485/2013, de 26 de marzo, por la que se regulan las notificaciones y comunicaciones por medios electrónicos en el ámbito de la Seguridad Social.

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