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Legitimación para impugnar el despido colectivo

En virtud de lo dispuesto en la Sentencia de 25 de febrero de 2015 del Tribunal Supremo, tanto directamente ante el empresario, como a través del proceso correspondiente ante el órgano jurisdiccional , los delegados de personal han de ejercer mancomunadamente la representación para la que fueron elegidos.

Un delegado de personal de un centro de la empresa donde hay otros dos delegados más, interpone demanda para que se declare nulo el despido colectivo llevado a cabo en la misma.

La cuestión consiste en determinar si tiene legitimación activa, al ser tan solo uno el delegado de personal que interpone la demanda.

Aunque el ET art 62.2 habla de que los delegados de personal ejercerán mancomunadamente ante el empresario la representación para la que fueron elegidos, ello no significa que «sólo» ante el empresario (directamente) y no en el proceso correspondiente ante el órgano jurisdiccional opera dicha mancomunidad, sino que debe interpretarse en el sentido de que se ejercerá de este modo la representación de los trabajadores con ocasión de cualquier acción, procesal o no, que haya de ejercitarse frente al empresario.

Por otra parte, la representación unitaria del personal corresponde tanto a los delegados de personal como al comité de empresa, diferenciándose una y otra figura, que tienen las mismas competencias, por el número de trabajadores representados, pero tanto en uno como en otro caso se trata de representación unitaria, y si para las acciones administrativas o judiciales, en todo el ámbito relativo a las competencias del comité de empresa, se exige la adopción por decisión mayoritaria de sus miembros (ET art 65.1), la conclusión lógica es que en el caso de los delegados de personal y cuando éstos, por su número, sean susceptibles de mayorías, ha de seguirse la misma regla.

De este modo, los delegados de personal, en cuanto son titulares de una representación colectiva, común para todos los representados, para ser válida y eficaz para todo el personal, exige el acuerdo mayoritario si son tres.