La DGT se pronuncia vía Consulta V0564-16 de 10/02/2016 con relación al tipo de IVA en las monturas para gafas correctoras.
El criterio que mantiene la DGT es que la montura para gafas graduadas no adquiere su condición respecto al IVA, hasta el momento de su entrega al usuario final con las lentes graduadas montadas, , por lo que las importaciones y todas las operaciones subsiguientes de monturas para gafas graduadas que no lleven aún lentes graduadas montadas, deben tributar al tipo general del IVA, esto es al 21% desde la fecha 01-01-2015, con independencia de que la importación deba realizarse como producto sanitario y pasar el correspondiente control sanitario en frontera. (FARMIN).
Las gafas graduadas (montura+lentes correctoras), se venderán al tipo reducido del 10%.
Se recomienda la lectura de la Consulta de la DGT indicada.
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