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Inscribir en el Registro Mercantil el nombramiento de un auditor tiene consecuencias.
La empresa que decide hacerlo estará luego obligada a presentar el informe que éste haga para la inscripción y depósito registral de las cuentas anuales. Una sentencia de la Audiencia Provincial de Salamanca, que resuelve un caso sobre el que no aparece regulado expresa en la normativa societaria, concluye que la aportación de dicho informe resulta necesaria aunque la sociedad no esté obligada legalmente a auditar sus cuentas al poder presentar balance abreviado. Ante la laguna legal existente, la sentencia determina que si se nombra auditor debe ser, en principio, con la intención de auditar cuentas, aunque la sociedad no esté obligada.