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Los inspectores del INSS no pueden cobrar incentivos según el porcentaje de altas que dan en sus revisiones de enfermos de baja por incapacidad temporal (IT).

Según una Sentencia de la Audiencia Nacional del 18 de diciembre de 2013, quedan desestimados los recursos de apelación que presentó el Gobierno.

El fallo confirma una sentencia previa, del 24 de mayo, que anuló uno de los criterios que había fijado la Administración para calcular el complemento de productividad de los médicos inspectores o evaluadores, un colectivo de unos 900 profesionales en toda España. Es decir, la Audiencia argumenta que estos profesionales tienen que decidir “bajo criterios objetivos y científicos”, porque sus decisiones se verían afectadas “si se establecen determinados índices cuantitativos, como ocurre en el presente caso, lo que afectaría al derecho a la salud”.