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Ya está en vigor la Orden ESS/1187/2015, de 15 de junio por la que se regulan la nueva forma de gestión y control de los procesos de incapacidad temporal
Con fecha 1 de
diciembre, entra en vigor la Orden ESS/1187/2015de
15 de junio, por la que se desarrolla el Real Decreto 625/2014, de 18 de
julio, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y
control de los procesos por incapacidad temporal en los primeros trescientos
sesenta y cinco días de su duración.
La principal novedad es
que los partes de confirmación se expedirán en función de la duración estimada
de la baja. En concreto:
- Duración estimada de menos de 5
días: no habráparte de confirmación. Se emitiráel parte de
baja y de alta en el mismo acto.
- Duración estimada de entre 5 y
30 días: el primer parte de confirmación se expediráen un plazo
máximo de 7 días. Los sucesivos partes se expedirán en un plazo máximo de
14 días desde el parte anterior.
- Duración estimada de entre 31 y
60 días: el primer parte de confirmación se expediráen un plazo
máximo de 7 días. Los sucesivos partes, en un plazo máximo de 28 días
desde el parte anterior.
- Duración estimada de 61 o más
días: el primer parte de confirmación se expediráen un plazo máximo
de 14 días. Los sucesivos partes, en un plazo máximo de 35 días desde el
parte anterior.
Con motivo de la entrada en vigor de esta
Orden, ha sido publicada una nueva versión del documento Tablas de
Códigos Delta y del Formato de Remesas de Alta. Se añaden las causas
de alta 00 y 08 .