Recordaros que en este mes de noviembre se tiene la obligación de presentar ek modelo 583 de “Impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica”, correspondiente al 3º pago fraccionado del 2014. Así como la autoliquidación correspondiente al ejercicio 2013.
Este impuesto (cuyo modelo fue aprobado mediante Orden HAP/703/2013, de 29 de abril) grava la realización de actividades de producción e incorporación al sistema eléctrico de energía eléctrica bien sea a través de placas solares o cualquier otra forma de producción.
El tipo impositivo es un 7% del importe total que corresponda percibir al contribuyente por la producción e incorporación al sistema de energía eléctrica medida en barras de central.
Si el importe que corresponde percibir no es conocido al momento de hacer los pagos fraccionados se fijará provisionalmente en función de la última liquidación provisional realizada por el operador del sistema.
El periodo de referencia es el año natural, salvo que se cese en el año la actividad, en cuyo caso se devenga el impuesto a la fecha de cese.
Aquellos contribuyentes en los que el valor de producción, de todas las instalaciones correspondientes a un solo titular, superen los 500.000 € en el año natural tendrán que hacer los siguientes pagos fraccionados a lo largo del año.
En este caso durante el año 2014 habrá tenido que presentarse el modelo 583 con la siguiente periodicidad:
CÓDIGO |
PLAZO PRESENTACIÓN |
MES DE PRESENTACIÓN |
PERIODO QUE SE
LIQUIDA |
1T |
1 a 20 |
Mayo 2014 |
Enero/marzo |
2T |
1 a 20 |
Septiembre 2014 |
Enero/junio |
3T |
1 a 20 |
Noviembre 2014 |
Enero/septiembre |
4T |
1 a 20 |
Febrero 2015 |
Enero/diciembre |
Estos pagos fraccionados se harán del 1 al 20 de los meses de presentación. Pudiéndose domiciliar el pago del día 1 al 15 de cada mes.
Si el valor de producción, de todas las instalaciones correspondientes a un solo titular, NO superan los 500.000 € en el año natural SOLO HABRÁ QUE HACER EL PAGO FRACCIONADO DE NOVIEMBRE (3ºpago fraccionado). La autoliquidación final se hará entre el día 1 al 30 de noviembre del año siguiente (si se domicilia el pago el plazo de presentación abarca desde el 1 al 25 de noviembre).
Ejemplo:
Un productor de menos de 500.000 € tendrá que hacer el pago fraccionado que se corresponda con la producción del periodo que va de enero a septiembre de 2014 del 1 al 20 de noviembre de 2014; y del 1 noviembre al 01 de diciembre de 2014 tendrá que hacer la autoliquidación final que corresponderá al periodo de enero a diciembre de 2013, deduciéndose lo pagado en noviembre de 2013.
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