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Los trabajadores temporales en fraude de ley en sociedades mercantiles estatales son personal indefinido, pero no fijo

 

 

 

 

 

En Sentencias de 17 de junio y 18 de junio el Pleno de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha unificado doctrina en cuanto a las consecuencias de la apreciación de fraude de ley o abuso de la contratación temporal en las sociedades mercantiles estatales, de modo que los trabajadores de estas empresas afectados se consideran indefinidos no fijos y no trabajadores fijos de plantilla como en algunas resoluciones había llegado a considerar la Sala