El Registro de Jornada plantea la cuestión de qué hacer con la flexibilidad que la empresa muchas veces demostraba, al no descontar pequeñas ausencias o distracciones del personal: el café en el vending, las llamadas por teléfono privadas, la asistencia a la función de Navidad de los hijos, gestiones privadas por internet, necesidades de ausencias cortas por motivos personales o familiares, etcétera.
No todos los sectores ni todas las empresas son iguales y hubiera sido deseable efectuar distinciones según tipo de actividades e, incluso, dejar la decisión del registro en manos de los interlocutores sociales, que han demostrado en multiplicidad de ocasiones su madurez para establecer o no la obligación en cada sector o tipo de actividad.
Esperemos a ver cómo es el desarrollo reglamentario que se anuncia aun cuando la obligación ya esté vigente.
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