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La fiscalidad internacional y lucha contra el fraude puntos de mira en el plan de control tributario de 2014

Fiscalidad internacional

En el ámbito de la fiscalidad internacional, destacar en 2014 el inicio de actuaciones directas por parte de la Oficina Nacional de Fiscalidad Internacional (ONFI) que, además de las labores de planificación de áreas de riesgo y fijación de criterios para la coordinación de actuaciones, comenzará a planificar la selección de contribuyentes susceptibles de inspección, así como a coordinar y apoyar las que lleven a cabo las distintas dependencias regionales de Inspección en los asuntos más trascendentes y complejos.

La labor de control en el área de la fiscalidad internacional pivotará, entre otros ámbitos, sobre la utilización abusiva de mecanismos "híbridos" que permiten una minoración artificial de la tributación haciendo uso de los convenios para evitar la doble imposición, operaciones con paraísos fiscales, falsos residentes en terceros países, y profesionales no residentes que realizan actividad económica en España.

En el caso de los paraísos fiscales, en 2014 se han planificado más de 340 actuaciones dirigidas a verificar operaciones realizadas con estos territorios, analizando sus implicaciones fiscales y procediendo a las correspondientes regularizaciones. También estas actuaciones las coordinará la ONFI.

Además, en 2014 comenzará a dar sus frutos el proyecto de investigación dirigido por la Oficina Nacional de Investigación del Fraude, la ONIF, para la captación de información sobre titulares de tarjetas emitidas con cargo a cuentas en el exterior, o tarjetas 'offshore'.

Herramientas de la ley antifraude

Una de las grandes labores de explotación de información que se producirá este año es la derivada de la obligación de informar de bienes y derechos en el extranjero, el modelo 720, que incorporó la Ley 7/2012. Estas actuaciones afectarán tanto al área de Inspección, para determinar defectos de tributación en la imposición directa y detectar eventuales incumplimientos de la obligación de declarar; como a Gestión, con vistas a la comprobación periódica del IRPF; y a Recaudación, para la intensificación de embargos de bienes y derechos en el extranjero.

De igual forma, los nuevos supuestos de exclusión del régimen de estimación objetiva que fijó la Ley 7/2012 llevarán a un refuerzo de las actuaciones de control destinadas a verificar que la modificación del régimen no ha dado lugar a una intensificación del fraude asociado a un uso abusivo del régimen. Especialmente, se analizarán supuestos de división artificial de la actividad para conseguir el mantenimiento en el régimen de módulos.

También en 2014, el área de Recaudación podrá comenzar a aplicar el nuevo supuesto de derivación de responsabilidad introducido por la Ley 7/2012, destinado a facilitar la acción de cobro contra los administradores de aquellas empresas que, carentes de patrimonio embargable pero con actividad económica regular, presentan de manera recurrente autoliquidaciones sin ingreso efectivo.

Junto con estas medidas, y el refuerzo generalizado de las derivaciones de responsabilidad, las medidas cautelares para afianzar el cobro de las deudas y las actuaciones de investigación patrimonial que permitan detectar posibles insolvencias ficticias, se potenciarán, además, los acuerdos de prohibición de disponer de los bienes inmuebles de las entidades cuyas acciones o participaciones hubiesen sido objeto de embargo, combatiendo así el fraude derivado de la despatrimonialización de sociedades.

La labor recaudatoria de la Agencia Tributaria se verá reforzada por el control de las solicitudes sistemáticas de aplazamientos dirigidas al retraso injustificado del pago de las deudas tributarias y, en el caso de retenciones e ingresos a cuenta, o de deudores en proceso concursal, se hará un especial seguimiento de aquellas solicitudes que deban ser objeto de inadmisión.

El mayor énfasis que pondrá la Agencia Tributaria para garantizar el cobro de las deudas alcanzará también al ámbito concursal, donde se exigirá la responsabilidad tributaria correspondiente a los concursados y administradores concursales que, con su acción o inacción, perjudiquen a la Hacienda Pública.

Contrabando de tabaco

En materia de control de Aduanas e Impuestos Especiales, se prestará especial atención al contrabando de tabaco. La combinación de determinados factores en el contexto económico y social ha provocado un incremento del contrabando de tabaco en general y de los cigarrillos en particular que ha supuesto una relevante detracción de ingresos tributarios. En 2014 se impulsarán los controles mediante la constante evaluación de los principales sectores intervinientes: transporte, distribución minorista, viajeros, envíos postales, depósitos fiscales o comercio electrónico.

Asimismo, serán objeto de control en los recintos aduaneros los movimientos de efectivo por viajeros y, en coordinación con el área de Inspección, se analizarán las actividades de importación y de venta de productos importados con objeto de detectar transacciones internas no declaradas, o la infravaloración en la importación o en las ventas interiores subsiguientes a la importación, analizando los márgenes reales de la actividad.

Fuente: LA MONCLOA