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El Tribunal Supremo avala que Hacienda pida a un colegio privado facturas pagadas por un padre sin que se vulnere su derecho a la intimidad

El TS avala que Hacienda pida a un colegio privado facturas pagadas por un padre sin que se vulnere su derecho a la intimidad.  Por todo ello, concluye que la información recibida por Hacienda es de carácter personal pero no pertenece al ámbito de la intimidad reservado al conocimiento propio o familiar ni está excluida de la potestad de inspección y comprobación tributaria. Afirma que predomina en ella el carácter económico, de manera que esos datos no son “privados no patrimoniales”. La Sala Tercera rechaza además que el requerimiento sea ilegal al basarse en una Memoria del citado colegio que no era pública, tal y como alegaba el recurso.