El Real Decreto que aprobó ayer el Consejo de Ministros, incluye una disposición adicional que señala que las medidas extraordinarias en el ámbito laboral previstas en dicho decreto "estarán sujetas al compromiso de la empresa de mantener el empleo durante el plazo de seis meses desde la fecha de reanudación de la actividad". Si bien el decreto también precisa que en ninguno de los casos, independientemente del número de trabajadores de la empresa, la exoneración de cotizaciones no tendrá efectos para los trabajadores, ya que se mantendrá la consideración de dicho período como efectivamente cotizado a todos.
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