Llamada gratuita: 900 929 900

¡Comparte en redes sociales!

«Volver

Una sentencia del TSJ de Cataluña considera legítimo que la AEAT puedan examinar el contenido de una caja de seguridad.

Una sentencia del TSJ de Cataluña considera legítimo que los funcionarios de la AEAT puedan examinar el contenido de los sobres y recipientes cerrados que se encuentren dentro de una caja de seguridad en el marco de un embargo. El tribunal estudia un caso en el que se había autorizado a los funcionarios la ejecución forzosa de la diligencia de embargo de una caja de seguridad cuyo titular no compareció voluntariamente. En este sentido, el tribunal autoriza la apertura de los sobres y recipientes cerrados y concluye que puede considerarse "necesaria y justificada cierta invasión del derecho a la intimidad a fin de comprobar si el contenido de los posibles envoltorios pudiera ser susceptible de embargo y enajenación". Ahora bien, aclara que, "si por el contrario, dicho contenido perteneciera a la esfera íntima del afectado, debe salvaguardarse en todo caso su derecho a la intimidad".