Es muy importante, a la
vez que procedemos a la aprobación de las Cuentas Anuales del ejercicio 2013, detectar aquellas sociedades que se encuentran en situación de
desequilibrio patrimonial, es decir, cuándo el patrimonio neto de la
sociedad se encuentra por debajo de la mitad de la cifra de capital social. En
el caso de ocurrir esta circunstancia, que ya de por sí es causa de disolución,
el Órgano de Administración deberá
convocar Junta General de socios para adoptar las medidas oportunas con el objeto de
solventar la situación de desequilibrio.
Las medidas a adoptar
pueden ser el aumento o reducción del capital social, préstamo participativo o
aportaciones para compensar pérdidas. En el caso de no adoptar ninguna medida
por parte de la Junta
de General de socios, el Órgano de Administración deberá solicitar la
declaración judicial de disolución de la sociedad, dado que si no lo hacen
responderán solidariamente de las deudas sociales con su patrimonio. Por ello es muy importante que se envíe la carta de
desequilibrio patrimonial advirtiendo de estas implicaciones a aquellos
clientes que se encuentren en esta situación. Una vez firmada por
el cliente deberemos guardar una copia, y otro ejemplar se la quedará el
cliente.
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