Para que surja la obligación de responder por el ilícito, debe existir algún tipo de influencia o vinculación de la actividad empresarial con el mismo. Así lo determina el Tribunal Supremo en una reciente sentencia en la que absuelve a una compañía de tener que indemnizar a un trabajador que sufrió una grave lesión en un ojo tras una pelea con otro miembro de la plantilla en sus instalaciones y durante la jornada.
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