Así lo determina el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) del País Vasco en una sentencia en la que rechaza que esta práctica vulnere el ejercicio de la actividad sindical. En la sentencia, el TSJ considera que mantener comunicaciones directas con los trabajadores, sin ocultar ni obstaculizar el ejercicio de la actividad sindical, “entra dentro del ejercicio de la libertad de expresión de la empresa en el ámbito laboral”.
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